publicaciones

compartir los derechos
a nuestros clientes

Otorgan suspensiones temporales por modificación de Hacienda a las facilidades administrativas

En marzo pasado, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF)  la “Resolución a las facilidades administrativas para los sectores contribuyentes para 2021”, donde dieron a conocerse modificaciones para el autotransporte de carga y pasaje, entre otros sectores, con respecto a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

En el caso del autotransporte de carga la modificación consistió en que las “Facilidades administrativas” tendrán un límite, “podrán deducir hasta el equivalente a un 8% de los ingresos propios de su actividad, sin exceder de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) durante el ejercicio”, precisó la publicación del DOF.

Por esta situación, diversas empresas promovieron juicios de amparo ante tal situación, y ante ello se han comenzado a registrar suspensiones temporales a esta medida, por lo cual, las empresas a las que fue otorgado podrán seguir deduciendo 8% de sus ingresos sin el límite del millón de pesos en el ejercicio.

De acuerdo con un documento compartido con T21, en el punto b del resolutivo, se precisa lo siguiente: “b. Se habiliten los mecanismos y apartados que le permitan continuar cumpliendo con las obligaciones fiscales conforme al modelo anterior. Lo anterior, hasta en tanto se notifique a las autoridades responsables la suspensión definitiva que se emita dentro de los presentes autos”.

Con base en lo expuesto por Marcelo Flores, socio fundador de LBM México, el límite impuesto de 1 millón de pesos (mdp) para el ejercicio, en una empresa de 50 unidades se podría agotar en 1 mes, por lo cual el resto de los periodos se tendría que pagar la tasa de ISR de 30% sobre los gastos que no puedan comprobarse.

Una vez que se entregó la suspensión temporal, se espera que en un plazo de no más de un mes, se pueda generar la suspensión definitiva, pues como lo expuso Marcelo Flores a T21, “se puede presentar un amparo indirecto contra la limitante establecida, lo anterior fundamentado en la violación de diversos principios constitucionales”, el argumento del especialista se sustenta en que esta medida favorece sólo a un sector del autotransporte, y deja sin su efecto a otra gran parte del empresariado.

En una carta enviada por la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (Conatram), se llamaba al presidente Andrés Manuel López Obrador a reconsiderar la propuesta toda vez que las “Facilidades administrativas” atienden la informalidad que existe en el sector, por lo cual se necesita esa herramienta para no tener impactos financieros en las empresas.

Entre los 7 puntos que se plantearon, además de estar algunos relacionados con la operación, se refieren temas de extorsiones a policías y jueces, así como el tema de inseguridad que también imprime un costo, por lo cual estas facilidades deben prevalecer.

PUBICACIONES RELACIONADAS